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Defendámonos
de las malas prácticas bancarias
En
la actual coyuntura económica es bastante frecuente el que los usuarios de los
servicios de los bancos y Cajas y en general del sistema financiero no podamos
hacer frente a algún plazo de pago o bien la cuenta se nos quede en
descubierto.
Entonces
nos aparece una serie de cargos por comisiones de descubierto o gastos de
reclamación de posición deudora, que en la mayor parte de los casos incrementan
más el descubierto habido.
Este
uso bancario podemos afirmar que es una mala práctica bancaria y es un fraude
de ley.
El
consumidor por desconocimiento y porque el director de la sucursal le dice que
eso es así, que debía pagar en su momento y otras frases similares, no hace uso
del derecho que le asiste a reclamar la devolución de estos cobros realizados
indebidamente.
Los
consumidores debemos reclamar y ser luchadores, ante esta mala practica
bancaria, que ya ha sido declarada ILEGAL en sentencias judiciales de
diferentes Audiencias Provinciales Españolas. (Obtenidas por AUSBANC)
Cuando
la entidad bancaria nos cobra Comisiones
de descubierto o gastos de reclamación de posición deudora, esta vulnerando
la Ley de Crédito al Consumo, que
prohíbe el cobro de comisiones de descubierto en cuentas corrientes, que
excedan de 2,5 veces el interés legal del dinero
Las
entidades bancarias, en evidente fraude de ley, siguen cobrando comisiones de
descubierto, pero "disfrazándolas" de gastos de reclamación. A este
respecto, el propio el Banco de España ha dictaminado contra esta mala práctica
bancaria; Se puede consultar en la web www.bde.es
¿Qué
debemos hacer?
En
primer lugar debemos hablar con el director de nuestra sucursal, y exponerle el
caso, pidiendo la devolución de lo cobrado indebidamente, ante la negativa de
este, pasamos a la acción de reclamación.
A
continuación podemos dirigirnos a una asociación de consumidores tipo AUSBANC,
ADECEF o similares y ponernos en sus manos.
O
bien presentar un escrito de reclamación ante el Servicio de Atención al
Cliente (SAC)de la entidad financiera, si al cabo de dos meses no hemos
recibido respuesta deberemos dirigirnos al Banco de España formulando la
correspondiente denuncia, aportando la copia del escrito dirigido al Servicio
de Atención al Cliente, debidamente firmada su recepción por parte de la
entidad financiera.
Una
vez obtenida la decisión del Banco de España, debemos exigir el cumplimiento
por parte de nuestra entidad o bien demandarlo ante los juzgados de primera
instancia de la localidad donde residamos.
En
Internet encontramos diferentes foros de afectados por estas prácticas
bancarias y por lo general el Banco reacciona devolviendo las comisiones
cobradas al recibir el escrito el SAC
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